Instituto Mexicano del Amparo

Miembros

Miembros Históricos


          De acuerdo a lo prescrito por el artículo Tercero Transitorio de los Estatutos del Instituto Mexicano del Amparo, se reconoce como miembros del mismo a todos aquéllos abogados que hubieren sido integrantes del propio Instituto antes de la protocolización de dichos Estatutos, verificada el 13 de marzo de 2009, con la única condición de que se registren con todos sus datos y Curriculum Vitae al que se adjunten los elementos de comprobación que permita ubicarlos en la categoría de Miembros Numerarios, dirigiendo su correspondencia al Presidente del Instituto.

 

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