Instituto Mexicano del Amparo

Preseas

           El Instituto Mexicano del Amparo otorga diversos reconocimientos de acuerdo a las distintas categorías de juristas a quienes reconoce. Desde su fundación, el IMA estableció tres tipos de reconocimiento: el mérito académico consistente en una medalla con la efigie y el nombre de “Manuel Crescencio Rejón”; el mérito judicial, en una medalla con la efigie y el nombre de “Ignacio L. Vallarta”; y el mérito profesional, con la efigie y nombre de “Mariano Otero”, siendo sus primeros recipendarios en 1980, el Doctor Mariano Azuela Rivera (Medalla al Mérito Judicial); Alfonso Noriega Cantú y Alberto Trueba Urbina (Medalla al Mérito Profesional) y Jorge Trueba Barrera (Medalla al Mérito Académico).

            Entre los cambios que se han surtido, a partir del 13 de marzo de 2009, se creó el reconocimiento al Mérito en Jurisprudencia, consistente en una medalla con la efigie y nombre de “Ignacio Burgoa Orihuela”, por virtud del cual se premiará a los juristas que siendo o no miembros del IMA, se hayan destacado por su obra escrita y su actividad profesional en materia del Juicio de Amparo

            Mérito Académico.- Conforme al Artículo Cuadragésimo Cuarto de los Estatutos del Instituto, el Mérito Académico se otorgará a los miembros fundadores, numerarios u honorarios del IMA que se hayan distinguido por su labor docente o de investigación jurídica en forma relevante tanto en la República como en el extranjero. El Mérito Académico consistirá en una medalla con la efigie y el nombre de “Manuel Crescencio Rejón”.

            Mérito Judicial.- De acuerdo al Artículo Cuadragésimo Quinto de los Estatutos del Instituto, el Mérito Judicial se concederá a los funcionarios judiciales federales que se hubiesen distinguido por su competencia, diligencia, honestidad y valor civil en el desempeño de sus cargos en materia de amparo. El Mérito Judicial en una medalla con la efigie y el nombre de “Ignacio L. Vallarta”.

            Mérito Profesional.- De consuno con las previsiones del Artículo Cuadragésimo Sexto de los Estatutos del IMA, el Mérito Profesional se reconocerá a los abogados postulantes que se hayan destacado por su conducta procesal apegada a la ética en las causas en que hayan intervenido, principalmente en las relacionadas con el juicio de amparo. El Mérito Profesional en una medalla con la efigie y nombre de “Mariano Otero”

            Mérito en Jurisprudencia.- En términos del Artículo Cuadragésimo Séptimo de los Estatutos del Instituto, el Mérito en Jurisprudencia se reconocerá a los juristas que siendo o no miembros del Instituto Mexicano del Amparo, se hayan destacado por su obra escrita y su actividad profesional en materia del Juicio de Amparo. El Mérito en Jurisprudencia en una medalla con la efigie y nombre de “Ignacio Burgoa Orihuela”.

            Los Estatutos del Instituto Mexicano del Amparo prevén que el otorgamiento de las mencionadas preseas se dictaminará por una Comisión compuesta de tres miembros del Instituto que designará el Consejo Directivo, que podrá proponer candidatos para recibir dichos reconocimientos. El dictamen de la Comisión deberá ser sometido a la consideración del Consejo Directivo para que éste decida en definitiva lo que corresponda. Es de hacer notar que no existe una periodicidad para otorgar dichos reconocimientos.

 

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